Si no quieres encontrarte con una sorpresa en el momento de acudir a la notaría a firmar una compraventa o permuta, o incluso después cuando ya estás disfrutando pacíficamente de tu terreno, es recomendable seguir unas pautas que te pueden evitar más de un quebradero de cabeza.
1.- No puedes firmar sin conocer la existencia de cargas, hipotecas, embargos, servidumbres, etc sobre la finca.
La manera más sencilla y por poco menos de 4€ de saber las cargas y
limitaciones que tiene la finca es acudir al Registro de la Propiedad
correspondiente al término municipal donde esté la finca. Con solicitar
una nota simple registral es suficiente, en la misma constará si existe
alguna hipoteca, embargo o servidumbre que afecte a la parcela.
Igualmente constará la superficie que figura en escrituras y el titular
actual de la finca (¡ojo!, puede ocurrir que haya otro titular posterior
porque la finca ha sido vendida a otra persona, en este caso si tu la
registras primero tendrá preferencia sobre la misma)
2.- No pues firmar sin saber si existe algún arrendamiento rústico sobre la finca,
hay que acudir igualmente al Registro de Arrendamientos Rústicos de tu
provincia y pedir un certificado con estos datos, aunque al no ser
obligatoria la inscripción no estarán todos anotados. En todo caso
conviene informarse a través de otros agricultores de la zona si la
finca está siendo cultivada por un tercero, o de cualquier dato que nos
pueda revelar la
posible existencia de un arrendatario, pues en este caso aunque el propietario no lo señalase en notaría el arrendatario podría tener derecho de retracto y tener preferencia para adquirir la finca (aunque en este caso te devolvería todos los gastos invertidos en la compra y el precio de la misma)
posible existencia de un arrendatario, pues en este caso aunque el propietario no lo señalase en notaría el arrendatario podría tener derecho de retracto y tener preferencia para adquirir la finca (aunque en este caso te devolvería todos los gastos invertidos en la compra y el precio de la misma)

4.- No puedes firmar sin saber si se tiene alguna deuda de riego. Si la finca es de regadío, también conviene acudir a la Comunidad de Regantes a preguntar si está al corriente de pago de todas las cuotas de riego y obras.
5.- No puedes firmar sin saber si está al día de los recibos de contribución. Conviene pedir al propietario los 5 últimos recibos de contribución (IBI, impuesto de bienes inmuebles) debidamente pagados, y sino habrá que acudir al Ayuntamiento a comprobarlo.
Celia Miravalles, abogado
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